Normativa para la instalación de Aires Acondicionados

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El 17 de febrero de 2017 entró en vigor el Real Decreto 115/2017, la nueva normativa que afecta a la instalación de algunos equipos de Aires Acondicionado. En ella se establecieron normas básicas para la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos que los contienen, así como la certificación necesaria de los profesionales que los utilizan.

¿A qué equipos de Aire Acondicionado afecta la nueva normativa?

Todos los equipos de aire acondicionado que estén formados al menos por una unidad interior y una exterior, se consideran como equipos partidos o no herméticamente sellados en los que hay que manipular gases fluorados. Por tanto, su instalación solo las puede realizar un instalador certificado en la manipulación de gases fluorados.

¿Por qué afecta esta normativa a los equipos de aire acondicionado?

Los gases fluorados son empleados como refrigerantes en los equipos de aire acondicionado, realizando el proceso de compresión y expansión para realizar los procesos de calefacción y refrigeración de las estancias. Sin estos refrigerantes, el proceso no sería posible.

Por esta misma razón, los equipos de aire acondicionado están regulados por esta normativa.

¿Quiénes pueden instalar equipos de aire acondicionado?

No está permitida la instalación de equipos de aire acondicionado partidos si no se dispone de la certificación necesaria.

Más concretamente, son necesarias dos certificaciones:

  1. Certificado como profesional habilitado para la manipulación de gases fluorados
  2. Certificado como empresa habilitada

Si no dispones de un instalador certificado, quizás puedas echar un vistazo a los equipos de aire acondicionado portátiles. Al estar sellado el gas fluorado en estos equipos, no es preciso realizar una instalación por un instalador certificado.

¿Es necesario cumplimentar algún documento en la compra-venta de un equipo de aire acondicionado?

Para realizar un seguimiento de cada aparato, estos disponen de un número de serie único que se les asigna una vez salen de fábrica. Por tanto, todo movimiento de los equipos con gases fluorados no sellados debe estar acompañado de un formulario recogido en el Real Decreto.

El formulario consta de dos partes que forman parte del Anexo VI del Real Decreto:

  • Parte A: Con esta parte del formulario, el vendedor informa al comprador que la instalación solo puede realizarse por un técnico certificado. Tanto comprador como vendedor deben firmar en esta hoja.
  • Parte B: Una vez suministrado el equipo, el comprador debe remitir la parte B donde se cumplimentan los datos del equipo, instalador y empresa habilitada.

Para esto, el comprador tiene un plazo máximo de un año.

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Desde Iguren, te facilitamos el proceso al máximo haciéndote llegar las dos partes del formulario cada vez que compres un equipo de aire acondicionado.

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